Planes de igualdad ¿Necesarios, obligatorios o ambos?
En los últimos meses se habla mucho de los planes de igualdad de las empresas y aún existen muchas preguntas al respecto. ¿Está mi empresa obligada a hacerlo? ¿Lo he de presentar a la administración? ¿Qué plazos prevé la ley? ¿Y sobre todo para qué sirve?
Vamos a solucionar estas dudas por partes:
- Porqué. Muchos estudios que analizan la situación económica y profesional de mujeres y hombres arrojan aún datos de desigualdad. Las mujeres perciben de media un salario menor en las mismas posiciones, se promocionan menos mujeres, el acceso a la formación no es igualitario…Y es sólo el análisis de estos datos el que nos ofrece la situación de entender la realidad de cada empresa. El objetivo de un plan de igualdad no es otro que analizar si existe alguna desigualdad en nuestra organización y crear un plan a medio plazo para corregirla.
- Qué empresas están obligadas. Aunque se regula la creación de los planes de igualdad en el 2007, se ha ampliado su obligatoriedad a todas las empresas que tengan más de 50 personas en plantilla. Y también para aquellas con plantillas de menor tamaño pero que trabajan para la administración pública. Y poco a poco más organizaciones lo solicitan a sus colaboradorxs.
- Se ha de registrar. Efectivamente antes del 6 de Marzo de este año estos planes se han de registrar con la administración pública competente de cada comunidad autónoma. Que validará su contenido antes de aprobarlo.
- Qué contiene al plan. Los planes reflejar a través de un diagnóstico basado en información objetiva la situación de partida de la organización y se definirán todas las acciones que se van a realizar al respecto los próximos cuatro años.
Porqué realizar estos planes con WeEqual Porque somos expertas en igualdad y además tenemos experiencia de gestión empresarial. Con una amplia trayectoria en proyectos analíticos y entendemos que las empresas necesitan medir y capitalizar sus proyectos. Y nuestras mejores credenciales son nuestra amplia cartera de clientes.